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viernes, octubre 23, 2026

Opinión

El decreto vial que fractura la vida y la cultura aymara 

Autor

por diariolongino

Publicado

octubre 23, 2026

Tiempo de lectura

Jaime  olivares

El control de las fronteras y el resguardo de las rutas, son potestades legítimas del Estado. Sin embargo, cuando la burocracia central y la planificación técnica de escritorio, ignoran la realidad de los territorios que pretenden regular, las políticas públicas, se transforman en herramientas de asfixia cultural. Esto es precisamente lo que ocurre hoy, en la provincia del Tamarugal, tras la dictación de la Resolución Exenta N° 72 de la Seremi de Transportes de Tarapacá, una medida que prohíbe el tránsito de vehículos superiores a 3.500 kilos por los caminos interiores y secundarios de la comuna de Colchane.

Detrás de una aparente norma de ordenamiento vial, o de seguridad fronteriza, se esconde una profunda y violenta desconexión con la realidad sociocultural de la región. Lo que el documento administrativo clasifica simplemente como «camiones de alto tonelaje», para las comunidades altiplánicas  es un modo de  vida, que  permite  el uso intensivo de  todos los  pisos  ecológicos, Entre otros pueblos  afectados por  la  prohibición mencionamos: Parajalla, Aravilla, Enquelga, Isluga, Chapicollo, Carahuano, Mauque, Pisiga Choque, Cotasaya, Escapiña, Central sitani, Ancovinto, Panavinto, Chijo Huaytane, Villablanca, Chulluncane, Ancuaque, Quebe, Caraiquima, y en la  precordillera y en la misma  ruta  Huara  Colchane Chiapa y al fondo de  la  quebrada Jaña. Todos  ellos  mantienen un rico intercambio, con los pueblos  de  Miñi Miñe, Aroma, Tarapacá, Pachica, Coscaya, Mocha, Guaviña, Sibay y Chusmiza, que  están a lo largo de los  valles  inferiores  de la  quebrada  de  Tarapacá y no termina  aquí el intercambio, porque  a  su vez, todos  terminan trayendo sus  productos a  Pozo Almonte a Alto   Hospicio y finalmente  Iquique

Esta  estrategia  de  uso vertical de los pisos  ecológicos, la  plasmó el  etno historiador John Murra en su célebre ensayo titulado «El control vertical de un máximo de pisos ecológicos en la economía de las sociedades andinas», y Juan Van Kessel, en su libro  “Holocausto al progreso”, que define  esta  estrategia, como un modelo de  desarrollo frustrado por  el Estado de  Chile, tesis  que  esta  resolución no hace  más  que  confirmar

De  modo que, desde una perspectiva antropológica, esta resolución rompe de golpe, un pilar civilizatorio andino: el modelo de complementariedad ecológica y control vertical de pisos ecológicos.

El gran problema, sigue  siendo el mismo. Chile para  todos  los  efectos  de políticas públicas  llega  hasta  mejillones. Los  aymaras  no existen, pero los  hechos  son los  hechos, los  aymaras  desde  siempre,  han vinculado la costa, la pampa y el altiplano mediante circuitos dinámicos de intercambio. En el siglo XXI, el camión de carga media o pesada, no es un bien de lujo corporativo; es el sustituto tecnológico directo de las antiguas caravanas de llamas. Es el medio a través del cual, los comuneros trasladan hoy el forraje de alfalfa para el ganado camélido, bajan sus cosechas de quinua al mercado costero y suben los materiales indispensables para mantener sus viviendas y sus pueblos vivos.

Fijar un límite estricto de 3,5 toneladas sin establecer un sistema diferenciado o salvoconductos para los residentes locales equivale a criminalizar el trabajo tradicional de la pequeña agricultura y ganadería de llamas y alpacas.

Pero el daño económico no viene solo. Esta medida  afecta  gravemente, la cohesión social de los ayllus. La vida comunitaria andina se sostiene, en el eterno retorno de las familias, que residen temporalmente en focos urbanos como Alto Hospicio o Iquique para participar en las fiestas patronales, en las faenas colectivas del ayni y la minka, o para cuidar a sus ancianos. Privar a las comunidades de sus medios de transporte, es aislar sus ceremonias, fragmentar sus redes de parentesco y vaciar paulatinamente un territorio ancestral que ya sufre el flagelo de la migración y el abandono del Estado

Es imperativo recordar que el Estado de Chile, está sujeto al Convenio 169 de la OIT  ratificado  por  Chile y con rango constitucional y a la Ley Indígena 19.253. Ambas normativas mandatan de forma explícita, la protección de las formas tradicionales de vida y obligan a realizar procesos de Consulta Indígena previa, ante cualquier acción administrativa, que afecte directamente a los pueblos originarios. La Resolución N° 72  que  comentamos, se dictó entre cuatro paredes, sin escuchar a las juntas de vecinos ni al concejo municipal, viciando su legitimidad social e internacional.

Frenar el contrabando o proteger “ las carpetas granulares” de los caminos rurales, son metas atendibles, pero los costos de la seguridad del Estado, no pueden ser pagados con el sacrificio de la supervivencia cultural, de  los pueblos  ya  mencionados,  que  poblaban  estas  tierras mucho antes  que  llegaran los incas, mucho antes  que  llegaran los  españoles y   ciertamente  mucho antes  que  naciera  el Estado de  Chile

Dicho todo  esto, urge que las autoridades regionales, escuchen el clamor de las comunidades andinas, que ya se articulan en defensa de su territorio, dejen sin efecto esta medida desproporcionada y diseñen, en conjunto, con sus legítimos habitantes, políticas viales que respeten la identidad, la historia y las costumbres del altiplano tarapaqueño.

Al analizar la reciente Resolución Exenta N° 72 de la Seremi de Transportes de Tarapacá, desde una mirada sociocultural y jurídica compleja, surgen argumentos de peso que demuestran que, si bien la norma se emitió bajo facultades legales de tránsito, su aplicación vulnera compromisos internacionales e internos clave para el pueblo Aymara.

Casi al terminar, hay que destacar que  el cuerpo de concejales de Colchane, puso sobre la  mesa,  una  verdad del porte  de un porta  aviones: “ aplicar un criterio de exclusión tan severo de manera exclusiva en los caminos interiores de esta comuna fronteriza – en comparación con el tratamiento vial en otras comunas rurales de Tarapacá – constituye una diferencia de trato, que los tribunales chilenos suelen calificar como discriminatoria y carente de fundamentación razonable “, todo lo cual es  una  base,  más  que  sólida, para la presentación de un Recurso de Protección, ante la Corte de Apelaciones de Iquique, acusando la vulneración de garantías fundamentales (como el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad sobre sus actividades económicas tradicionales), solicitando una orden de no innovar para suspender los efectos de la fiscalización de Carabineros e inspectores.

Finalmente. Una  obviedad, pero hay que  dejarla  anotada. La  afectación de la  cultura aymara, de  sus  usos  costumbres y tradiciones, no es  nada  personal del  Vicealmirante, contra  los  aymaras –  probablemente  no conoce  el altiplano –   simplemente  los  aymaras,  quedaron en medio de  la  guerra, que  el “Comisionado Presidencial para  la  macro zona  norte”  tiene  contra  toda la región de  Tarapacá. En jerga  militar “  son efectos  colaterales” inevitables, en cualquier guerra,  todo lo cual  valida  la  tesis principal de  Van Kessel, en orden a  que  el principal enemigo  del pueblo aymara, –  y ahora  por  extensión –  de  toda  la  región  de  Tarapacá,  es  el Estado de  Chile

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