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miércoles, julio 8, 2026

Opinión

DETRÁS DE CADA REPARACIÓN TAMBIÉN HAY DERECHOS QUE PROTEGER

Autor

por diariolongino

Publicado

julio 7, 2026

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Para muchas personas, contar con un vehículo constituye una parte importante de su vida cotidiana, ya sea porque les permite desarrollar su actividad laboral, movilizar a su familia o acceder a distintos servicios. Por ello, cuando estos presentan un problema que requiere llevarlo a un taller mecánico, se espera que el trabajo se realice con el profesionalismo con el que toda empresa debe contar.

Esto no solo se basa en la confianza que un consumidor puede tener con un proveedor de estas características, sino que es algo que está establecido en la Ley del Consumidor, ya que quienes ofrecen servicios de reparación automotriz deben actuar con estándares de calidad, entregar información clara y oportuna sobre las condiciones del servicio y responder cuando incumplen las obligaciones que asumieron.

Antes de autorizar una reparación, las personas tienen derecho a recibir un presupuesto por escrito, conocer el detalle de los trabajos que se realizarán, el valor del servicio y el tipo de repuestos que serán utilizados, ya sean originales, alternativos o reacondicionados. Asimismo, una vez finalizado el trabajo, el taller debe otorgar una garantía sobre lo realizado, la que por ley no puede ser inferior a 30 días hábiles.

Sin embargo, las responsabilidades del proveedor no se limitan únicamente a ejecutar correctamente la reparación, ya que desde el momento en que se recibe el vehículo, también se asume el deber de custodiarlo y adoptar todas las medidas necesarias para su cuidado mientras permanezca bajo su responsabilidad. En otras palabras, el
consumidor tiene derecho a que su vehículo sea devuelto en buenas condiciones y que cualquier incumplimiento sea asumido por quien presta el servicio.

Cuando estas obligaciones no se respetan, la Ley del Consumidor entrega herramientas para exigir que los daños sean reparados e indemnizados. En esa línea, una reciente sentencia de la Corte Suprema reafirmó un principio especialmente relevante: la protección que entrega la ley no depende de quién figure como propietario inscrito del vehículo, sino de quién contrata, utiliza o disfruta el serviciocomo destinatario final. Con ello, el máximo tribunal reforzó el alcance de los derechos de las personas consumidoras y recordó que los proveedores debe responder por el cuidado de los bienes que reciben al prestar un servicio.

Desde SERNAC consideramos que un mercado más justo también se construye promoviendo relaciones de consumo basadas en la confianza, transparencia y responsabilidad, tanto de los consumidores como de los proveedores. Por ello es importante que las personas conozcan sus derechos para que puedan exigirlos en caso de ser necesario. Ese es el estándar que promueve la Ley del Consumidor y que busca fortalecer relaciones de consumo más transparentes y responsables.

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