Este encuentro tiene como propósito conocer más detalles de la
situación y los daños sufridos por los afectados.
El Director Regional del SERNAC indicó que esta reunión tiene como fin
trabajar colaborativamente para evaluar la acción más adecuada para ir
en defensa de las familias afectadas.
El SERNAC de la región de Tarapacá lidera una mesa de trabajo con los consumidores
de las viviendas que fueron afectadas directamente por la rotura de matriz de la
empresa Aguas del Altiplano ocurrida en la ciudad de Iquique el pasado 30 de mayo y
el 5 de junio recién pasado.
Este encuentro tiene como propósito conocer más detalles de la situación y los daños
sufridos por los afectados.
Recordemos que tras estos graves incidentes fueron afectadas gravemente, al menos,
5 viviendas del sector de avenida Proyectada con la Tirana.
El Director Regional (s) del SERNAC, Rodrigo Cortés, indicó que esta reunión tiene
como fin trabajar en coordinación para evaluar las acciones más adecuadas para ir en
defensa de las familias afectadas, posteriormente, se sostendrá una reunión con
Aguas del Altiplano S.A., para evaluar las soluciones y reparaciones a los inmuebles
afectados.
Acciones del SERNAC
En su oportunidad, el Servicio solicitó información a la empresa sanitaria respecto de
la cantidad de reclamos que recibió por este hecho, las medidas que adoptó para
mitigar los efectos entre los usuarios afectados, que, según la información preliminar,
se trataría de un universo de aproximadamente 600 clientes.
Además, el SERNAC, requirió las acciones para evitar que este tipo de situaciones se
repitan a futuro, y los mecanismos de compensación por eventuales daños y
perjuicios ocasionados a los consumidores, entre otros antecedentes.
Paralelamente, el Servicio ha estado fiscalizando las medidas de mitigación
entregadas por la empresa, sobre todo en lo que se refiere a la falta de suministro y
su disponibilidad (camiones aljibes) para las familias que aún no cuentan con agua
potable.
Recordemos que, en relación a las compensaciones, el artículo 25A de la Ley del
Consumidor, establece que las empresas deben aplicar los descuentos automáticos
que equivalen a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de
cuenta anterior al de la respectiva suspensión del servicio, cuyo monto se calcula en
base al monto total de la facturación, incluyendo los cargos de alcantarillado y
tratamiento de aguas servidas.