La senadora Luz Ebensperger (UDI) junto al ex director de Extranjería, Álvaro Bellolio presentó un requerimiento ante el Contralor General de la República con el fin de que se pronuncie en relación con una medida adoptada por el Servicio Nacional de Migraciones orientada a “revivir” permisos migratorios caducados sin contar con atribuciones legales para ello. “Esto ha generado en la práctica una suerte de regularización general para la cual no tiene facultades el organismo”, dijo la parlamentaria.
De acuerdo a la información disponible en las redes sociales del Servicio de Migraciones, se ha creado un nuevo trámite digital denominado “Ratificación de Residencia Temporal Otorgada”, que según lo descrito en la publicación, pretende dar vigencia a permisos que de conformidad con la normativa vigente han sido objeto de caducidad, lo que deja a los extranjeros en situación migratoria irregular, debido a su propia falta de diligencia para materializar el permiso.
“Más allá de que salta a la vista el riesgo de otorgarle regularidad a una persona que obtuvo un permiso hace mucho tiempo y cuyas condiciones pueden haber variado sustancialmente, el Servicio Nacional de Migraciones no cuenta con atribuciones para pasar por sobre lo establecido en la ley N° 21.325 y su reglamento”, reafirmó la senadora Ebensperger.
De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 52 inciso tercero del Reglamento de la Ley de Migraciones “Si habiendo transcurrido ciento veinte días hábiles desde la fecha en que se notifica mediante correo electrónico al extranjero que su permiso se encuentra disponible para su descarga este no realiza tal acción, dicho permiso perderá su eficacia, y en caso de tener interés en contar con un permiso de residencia temporal deberá efectuar una nueva postulación de acuerdo a las reglas generales”
A juicio de la senadora, con “ese solo texto reglamentario la medida dispuesta por el Servicio de Migraciones pasa por alto la caducidad con que se sanciona al postulante poco diligente”. Agregó, además, que en aquellos casos en que se trate de personas que carezcan de un permiso vigente, situación en la que se encuentra quien no ha descargado y estampado su permiso, y hayan tenido previamente una residencia temporal, si han estado más de 9 meses sin tramitar totalmente su prórroga lo que corresponde de acuerdo con el artículo 128 N° 4 de la ley N° 21.325 es disponer la expulsión del extranjero.
También citó como ejemplo que, si una persona ingresó al país de manera irregular, o con un permiso de permanencia transitoria y se quedó en Chile más allá de la vigencia del mismo, también debe ser expulsada, “lo que el gobierno no está dispuesto a hacer por razones ideológicas”.
Asimismo, Álvaro Bellolio afirmó que “el Director Nacional de Migraciones ha decidido de manera arbitraria e ilegal no reconocer la caducidad de los permisos tras 120 días de inactividad, lo que hace necesario un pronunciamiento de Contraloría para verificar la legalidad de la medida, que está generando un perdonazo a los extranjeros irregulares en Chile, perjuicios económicos, al perdonar multas y falta de recursos para el Estado que después se traducen en la petición del Ejecutivo para que los chilenos paguen cada vez más impuestos”.