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Autoridades detallan normativa para acceder a teletrabajo

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Ante el actual escenario de alta presencia de virus respiratorios en el
país, y en el contexto del estado de alerta sanitaria vigente hasta el 31 de
agosto de 2023, el Seremi de Salud; David Valle y el Seremi del Trabajo y
Previsión Social; Ignacio Prieto, hicieron un llamado tanto a trabajadores
como empleadores a considerar las medidas legales de protección para las y
los trabajadores, como es el teletrabajo. Ambos seremis enfatizaron que se
busca proteger y atender las contingencias en materia de salud de hijos e
hijas y personas en situación de dependencia.
El seremi de Salud, David Valle, manifestó que por la situación de la
contingencia respiratoria dentro de las próximas semanas probablemente
tengamos un aumento de los casos de enfermedades respiratorias en adultos
mayores, “por lo tanto todas nuestras estrategias están hacia el cuidado de
las personas de los grupos etarios que son niños menores de 5 años y los
adultos mayores, razón por la que hoy estamos en un trabajo mancomunado
con las distintas instituciones, porque es un tema que debemos trabajar
todos para evitar el empeoramiento de la salud de nuestra región”.
En tanto Ignacio Prieto dijo que “el llamado justamente es a los centros
productivos, a las y los trabajadores que puedan llegar a acuerdos ya sea
organizando turnos o flexibilizando las jornadas para que así se pueda lograr
un acompañamiento a nuestros hijos e hijas y también, de las personas en
situación de dependencia, pudiendo destinar tiempo para el cuidado y de esa
forma dar tranquilidad a trabajadores y trabajadoras”.

Esmeralda Contreras, Presidenta CUT Tarapacá, señaló que “como
Central Unitaria del Trabajador Tarapacá, valoramos estas medidas que van
en directo beneficio de los niños y niñas de nuestra región y del país. Es un
sentimiento arraigado de las madres trabajadoras con el aumento de las
enfermedades respiratorias y para ellas es una angustia responder en el
trabajo, y a la vez como madre, como padre, así que valoramos y destacamos
esta iniciativa que vela por el bienestar”.
En esa línea la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Noemí Salinas,
reforzó que el Gobierno ha puesto especial protección a materias de cuidado,
“seguiremos avanzando en materia de conciliación, laboral y familiar, con el
proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo. Avanzar que se ponga en
el centro la vida de las personas y hacemos el llamado a ocupar las medidas
que establece la Ley”.
TELETRABAJO O TRABAJO A DISTANCIA EN EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO
El Decreto Nº10 de marzo de 2023, emitido por el Ministerio de Salud
(Minsal), prorrogó la alerta sanitaria por el Covid-19 a propósito de la
interacción con otros virus respiratorios habilitando el teletrabajo como
derecho.
Esta modalidad de trabajo solo procede en el caso que la naturaleza de las
funciones de los trabajadores lo permita y no se pueden disminuir las
remuneraciones respectivas.
Teletrabajo en el sector privado

En el caso del sector privado, las y los trabajadores tienen derecho a
teletrabajo o trabajo a distancia en tanto se mantenga la alerta sanitaria por
Covid-19.
Si se trata de trabajadoras y trabajadores que ejercen cuidados pueden
teletrabajar:
 Quienes tengan a su cuidado a un menor de edad (18 años)
 Quienes tengan a su cuidado una persona adulta mayor (de 60 años o
más)
 Quienes tengan bajo su cuidado a personas con discapacidad
(acreditada con certificado, credencial o inscripción de discapacidad)
También es posible realizar la solicitud de teletrabajo por la condición de
salud de la trabajadora o trabajador, en los siguientes casos:
 El trabajador o trabajadora que acredite padecer alguna condición que
genere un alto riesgo de presentar cuadro grave de infección, lo que
incluye casos de personas mayores de 60 años
 Personas trasplantadas y que continúe con medicamentos de
inmunosupresión
 Personas que padezcan cáncer y estén actualmente en tratamiento
 Personas con un sistema inmunitario disminuido
Teletrabajo en el sector público

En el caso del sector público, la Contraloría señaló que a los funcionarios
públicos se les aplica el artículo 206 bis del Código del Trabajo que reconoce
el derecho a teletrabajo o trabajo a distancia en caso de alerta sanitaria. 
Lo anterior incluye los siguientes casos:
 Cuando tengan el cuidado personal de al menos un niño o niña en
etapa preescolar.
 Cuando tengan a su cuidado personas con discapacidad acreditada
mediante certificado de inscripción en el Registro Nacional de
Discapacidad.
Si el funcionario público se encuentra regulado por el Código del
Trabajo deberá someterse a las disposiciones del Código. Si está regulado por
el estatuto administrativo se fijará la regulación conforme a las facultades de
gestión de cada jefe de servicio.

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Lunes 25 de Septiembre de 2023
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