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Condenas de presidio efectivo por 7 y 5 años para autores de maltrato de obra a carabineros

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Agresiones ocurrieron en enero del 2022

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Yeison Alexander Zapata
Rodríguez la pena de cumplimiento efectivo de 7 años y un día de presidio; y a
Yeferson Jesús Zapata Rodríguez y Manuel Antonio Gómez González a 5 años  y un día
de reclusión efectiva, en calidad de autores del delito consumado de maltrato de obra a
carabineros de servicio con resultado de lesiones graves. Ilícito perpetrado en enero del
año pasado, en playa Cavancha.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Loreto Jara Peña
(presidenta), Piedad del Villar Domínguez y Franco Repetto Contreras (redactor)– dio
por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 17:30 horas del
25 de enero de 2022, las víctimas, dos funcionarios  de Carabineros concurrieron al
sector de la playa Cavancha de la ciudad de Iquique, tras recibir la denuncia de un
ciudadano, quien informó que en el lugar se encontraban un grupo de sujetos,
aparentemente, comercializando sustancias ilícitas.
En el lugar, los carabineros procedieron a fiscalizar a Yeferson Jesús Zapata Rodríguez,
logrando detectar que al interior de un bolso negro (banano), mantenía siete cigarrillos
artesanales, cuatro  bolsas pequeñas con una sustancia vegetal que impresionaba como
marihuana y un papelillo cuadriculado con un polvo que resultó ser pasta base de
cocaína.
En medio de dicho procedimiento, y cuando los policías habían requisado el bolso y su
contenido, fueron rodeados por los coacusados Yeison Alexander Zapata Rodríguez y
Manuel Antonio Gómez González, quienes a fin de evitar la detención de Yeferson
Zapata, procedieron golpear a uno de los carabineros, utilizando Yeison Zapata una
manopla de material sólido, con la cual le asestó un golpe directo en el rostro que la
causó a la víctima una fractura nasal y una fractura dental, catalogadas clínicamente
como graves.
Asimismo, Yeison Zapata agredió con la manopla al segundo funcionario, provocándole
una contusión malar de carácter leve. Ataques que fueron observadas por Joilinyer
Toroyo Martínez, quien aprovechó que el bolso con la droga cayó al suelo, para
recogerla y huir con la especie en su poder; logrando personal de la Policía de
Investigaciones, detenerlo minutos después.
“Para el establecimiento de estos delitos el antecedente fundamental incorporado al
juicio consistió en los asertos de las víctimas, (…) ambos funcionarios de Carabineros,
latamente referidos, que permiten a estos sentenciadores tener la convicción íntima de
que los hechos que narraron ocurrieron en los términos descritos”, consigna el fallo.
La resolución agrega que, en la especie: “(…) no hay duda que la actividad desplegada
por los acusados se encuadra en la de autores del hecho punible, ya que los tres
concurren a su realización, lo que se desarrolló en el común empeño concertado, lo que
quedó de manifiesto con la prueba rendida y el reconocimiento que en la audiencia
afectaron las víctimas respecto de cada uno de ellos, con el detalle de su actuar
individual y conjunto”.

“Distinto es el caso Joilinyer Toroyo Martínez –continúa–, quien conforme la prueba
rendida si bien estuvo presente en los momentos en que sus coacusados agredían a las
víctimas, no les propinó ningún golpe. (…) Tampoco a su respecto existe ninguna
prueba de una convergencia subjetiva entre su actuar y el de sus acompañantes, no
siendo suficiente su presencia en el lugar, y si bien ello pudiera originar algún tipo de
indicios, no es bastante para arribar a una decisión condenatoria pues su actuar durante
la comisión del delito y posterior a este confirma que no tuvo ninguna participación las
lesiones de las víctimas”.
En la causa, el tribunal condenó a la pena de 300 días de presidio a Yeison Alexander
Zapata Rodríguez, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras
dure la condena, como autor del delito de maltrato de obra a carabineros de servicio con
resultado de lesiones leves.
En tanto, Yeferson Jesús Zapata Rodríguez y Joilinyer José Toroyo Martínez fueron
condenados a 541 días de presidio, más una multa de 1/3 de UTM y la accesoria legal
de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autores del
delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades.
Al cumplirse los requisitos legales, el tribunal sustituyó la pena privativa de libertad de
Toroyo Martínez por la expulsión del territorio nacional, quedando con prohibición de
regresar al país por el término de 10 años, contados desde la fecha en que la sentencia
quede a firme.
Finalmente, el tribunal aplicó a los hermanos Zapata Rodríguez y a Gómez González las
accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y
derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras
duren las condenas.

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