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TERCER JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE RECHAZA DEMANDA DE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE OCUPADO POR COMPAÑÍA DE BOMBEROS

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El Tercer Juzgado de Letras de Iquique rechazó, con costas, la demanda de precario
interpuesta por la empresa Inmobiliaria España S.A. que buscaba la restitución de la
propiedad que ocupa compañía de bomberos de la ciudad.
En el fallo (causa rol 2907-2021), el magistrado Edilio Jorquera desestimó la procedencia
de la demanda, a estar acreditada la existencia del derecho de uso invocado por la
Compañía de Bomberos N°1 de Iquique que recibió el inmueble de su antigua propietaria,
la Sociedad Española de Beneficencia, para su uso en forma indefinida y gratuita, en 1929.
“Que en definitiva, habiéndose acreditado la existencia del derecho de uso invocado por la
parte demandada, el que data del año 1929 y fue inscrito a fojas 81, número 132 del
Archivero Nacional, nos encontramos en presencia de una situación contraria a la mera
tolerancia, elemento exigido para que exista precario. Por cuanto, existe un antecedente que
justifica la ocupación del inmueble por parte del Cuerpo de Bomberos de Iquique”, sostiene
el fallo.
La resolución agrega que el: “Derecho de uso, que según se ha analizado se encuentra
plenamente vigente y debidamente inscrito en el registro respectivo, por lo que malamente
podía ser ignorado por el actor (demandante), al estar registrado en el registro de publicidad
existente al efecto, por lo que no puede aceptarse, comprenderse o justificarse su
ignorancia, hecho que lo llevara a ser merecedor de la condena en costas, al resultar
totalmente vencido y no advertirse por lo expuesto motivo plausible para litigar, ya que si
bien el derecho real en cuestión no está anotado marginalmente en el título del actor, lo que
podría hacer suponer que tiene motivo plausible para litigar; sin embargo no se puede dejar
de observar que conocida y pública la ocupación del demandado, lo mínimamente exigible
era que se hiciera un estudio de título o se hubiese iniciado este juicio con una exhibición
documental, a fin de verificar cuál era el fundamento para utilizar el inmueble por el cuerpo
bomberil, teniendo en cuenta que la ocupación es de pública y larga data por parte de una
institución sin fines de lucro”.
Por tanto, se resuelve que: “se rechaza la demanda de precario interpuesta por don David
Antonio Toro Iglesias, abogado, en representación de Inmobiliaria España S.A., sociedad
comercial del giro de su denominación representada legalmente por don José Gerónimo
Delmás Radic, en contra de Cuerpo de Bomberos de Iquique, asociación sin fines de lucro,
representada por su superintendente don Marcelo Zúñiga Schampke”.

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