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 Condenan a 10 años y un día y a 8 años de presidio a los autores del delito de tráfico de drogas por vía marítima

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a J. A. R. R. a la pena de 10 años de presidio efectivo; y a F. S. M. G. y P. L. G. A. a la pena de 8 años de presidio, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de estupefacientes. Ilícito descubierto en noviembre de 2020 en la jurisdicción.

En fallo unánime (causa rol 161-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Franco Repetto Contreras (presidente), Juan Ibacache Cifuentes y Loreto Jara Peña (redactora)- aplicó, además, a R. R., M. G. y G. A. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y una multa de 20 unidades tributarias mensuales (UTM).

En la causa, el tribunal condenó además a F. J. J. R. a la pena de 5 años y un día de presidio y las accesorias legales de  inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más una multa de 20 UTM, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes. Ilícito perpetrado en noviembre de 2020 en la jurisdicción.

Asimismo, condenó a J. E. F. D., a la pena de 5 años de presidio –con el beneficio de libertad vigilada intensiva- más accesorias legales y una multa de 20 UTM, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, pesquisado en noviembre de 2020 en esta jurisdicción.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en virtud de una investigación de la Fiscalía local de Iquique y de la Directemar de la Armada de Chile, se tomó conocimiento de la existencia de una organización compuesta por distintas personas vinculadas con el ámbito marítimo que aprovechando su experiencia y conocimientos sobre la materia, se dedicaban a la adquisición, internación al país, transporte y distribución de importantes cantidades de droga, para lo cual utilizaban la ruta marítima, recibiendo información para lograr el traslado seguro de la carga ilícita ante eventuales controles policiales.

De esta manera, se tomó conocimiento del inicio de un nuevo proceso de transporte de alcaloides a contar el día 15 de noviembre del 2020, por lo que se activaron las diligencias que permitieron establecer que la embarcación de nombre “Haibut” y su tripulación se dirigirían hacia la frontera con Perú y que una vez cruzado el límite territorial marítimo recibirían una importante cantidad de droga.

Es así, que el día 20 de noviembre, en horas de la mañana, se observó la salida de la referida embarcación y a bordo la tripulación compuesta, esta vez, por F. J. R. y J. F. D., disponiendo F. M. G. que J. R. R. y P. G. A., se quedaran en esta ciudad, con la finalidad proveer recursos logísticos de combustible y alimentación, cumpliendo, a su vez, labores de vigilancia de la ruta; recibiendo la autoridad marítima de parte de la Alcaldesa de Mar, que en esa época era pareja de J. R., información tergiversada respecto al zarpe y recalada a puerto de la nave “Haibut”, a fin de ocultar su verdadera travesía.

Seguidamente, a través de la utilización de las herramientas de la Ley N° 20.000, se logró establecer que la mencionada nave, en las inmediaciones del puerto de Los Palos, al sur del Perú, fue abordada por F. M. G., ocasión en que cargaron un total de 16 bultos con droga, iniciando luego el retorno a esta región, para después continuar el viaje con rumbo al sur del país, y en el trayecto de la navegación se interceptaron diversos llamados que dieron cuenta de las funciones de seguridad y de provisión de recursos que correspondía a R. y a G., los que informaron a F. M. y F. J., la ausencia de controles policiales marítimos, asegurando el paso seguro de la nave desde Iquique hacia el sur, efectuando el personal marítimo un seguimiento terrestre hasta las inmediaciones de la caleta Río Seco, logrando visualizar que el bote se encontraba «fondeado»  en el sector de “Punta Lobos”, a unos 3 kilómetros al sur de la citada caleta; procediendo, a las 06:40 horas del día 22 de noviembre de 2020, a fiscalizar a los tripulantes del «Haibut», los que fueron identificados como F. S. M. G., J. E. F. D., y F. J. J. R., quienes transportaban a bordo de la embarcación 16 bultos que contenían un total de 483.780 gramos netos de clorhidrato de cocaína; por lo que fueron detenidos, concretando, más tarde, la aprehensión de J. R. R. y P. G. A., por su intervención en la adquisición y coordinación de recursos para el traslado de la droga.

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