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Conaf Tarapacá levanta prohibición de uso
del fuego para actividades agrícolas

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La medida preventiva que regía a toda la Provincia del Tamarugal, había
sido decretada debido a los incendios forestales que afectaron al sur del país.

La Corporación Nacional Forestal (CONAF), levantó la prohibición de uso del fuego que se
mantenía vigente en la Provincia del Tamarugal. La resolución había sido adoptada por la
emergencia que afectó a la zona sur del país debido a la simultaneidad de incendios
forestales y a las condiciones meteorológicas de altas temperaturas presentes en la
región.
De esta forma, la restricción que impedía la quema de desechos agrícolas y forestales, ha
sido levantada desde el 15 de marzo. Al respecto, Natalia Ortega, directora regional de
Conaf, indicó que “solicitamos a los agricultores y propietarios de predios forestales, a
regularizar sus avisos de quema. Igualmente, extendemos el llamado a realizar esta
actividad según las medidas preventivas y recomendaciones entregadas, además de
hacerlo en los horarios y días establecidos”.


Así mismo, la directora explicó que están gestionando con los municipios del Tamarugal la
apertura de oficinas receptoras de avisos de quemas, con la finalidad de facilitar este
trámite en los agricultores. “Tenemos avanzadas conversaciones con las autoridades
edilicias para la apertura de oficinas y esperamos prontamente realizar un ciclo de
capacitaciones en los municipios partícipes en este tema, todo con el objetivo de hacer
más simple este importante trámite”, señaló Ortega.
El uso del fuego en forma de quema controlada está regulado bajo el Decreto Supremo
276 de 1980 del Ministerio de Agricultura, a fin de evitar la generación de incendios
forestales producto de quemas mal ejecutadas. Es así que CONAF cuenta con la potestad
para administrar el uso del fuego en todo el territorio nacional, siendo una de sus
prerrogativas el establecimiento de un calendario de quemas.

Este instrumento señala los horarios y días en que se pueden realizar quemas, precisando
condiciones y medidas de seguridad destinadas a evitar la pérdida de control del fuego.
Además, determina los periodos de prohibición de esta actividad.
Realizar una quema sin contar con el comprobante de aviso entregado por Conaf, o
efectuarla en zonas en que está prohibido hacerlo, está penalizado como delito y conlleva
la detención y presidio de grado medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años; más
multas que van desde 50 a 150 UTM (de 2 millones 770 mil pesos a 8 millones 330 mil
pesos, al actual valor de la UTM).

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